FiscalAcuerdo por el que se delegan diversas facultades a los Servidores Públicos del SAT

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Como recordarás, el 1 de enero de 2020, entraron en vigor una serie de reformas fiscales, entre ellas destaca la reforma al Código Fiscal de la Federación (CFF), en donde se incluyeron temas novedosos, como cláusula antiabuso a antielusión, la obligación de reportar esquemas por parte de los asesores fiscales de los contribuyentes o de los propios contribuyentes, nuevas obligaciones relacionadas con el Registro Federal de Contribuyentes, nuevas causales de responsabilidad solidaria, entre otras.

En ese sentido, tenemos que se reformó el CFF, pero no se hizo lo mismo con el Reglamento Interior del Servicio de Administración Tributaria (RISAT) que es el cuerpo normativo que le da facultades al SAT y a sus funcionarios para actuar dentro de la legalidad; sin embargo, a debido a la urgencia de dicho órgano desconcentrado para fiscalizar y recaudar dentro del marco de la reforma al CFF, la Jefa del SAT emitió el acuerdo delegatorio de facultades que más adelante se mencionan.

Desde el punto de vista de la suscrita, el acuerdo delegatorio de facultades podría ser ilegal, ya que las facultades que se delegan en los servidores públicos del SAT, no se encuentran previstas en el RISAT y si bien es cierto que la fracción XVII del artículo 8 de dicho reglamento le da la facultad a la Jefa del SAT, para expedir los acuerdos por los que se deleguen facultades a los servidores públicos o a las unidades administrativas del Servicio de Administración Tributaria; también lo es, que las facultades deben estar expresamente previstas en el cuerpo normativo encargado de regular la actuaciones de los servidores público de dicha Institución, en absoluto respeto a la garantía de legalidad.

No se escapa lo previsto en el artículo 10 del Reglamento que se comenta, al mencionar que el Jefe del SAT podrá delegar mediante Acuerdo publicado en el DOF, las facultades que de conformidad con este Reglamento, así como de otros ordenamientos, correspondan a éste (es decir, al Jefe del SAT) en los servidores públicos de las unidades administrativas de dicho órgano desconcentrado, sin embargo, no se aprecia en ningún ordenamiento que la Jefa del SAT tenga las facultades que hoy pretende delegar; sin lugar a dudas, dicha situación se dirimirá en su momento ante los tribunales competentes.

En este sentido, en el siguiente cuadro se señalan las facultades que se delegan, en las Unidades Administrativas del SAT.

UNIDAD ADMINISTRATIVA FACULTAD DELEGADA
➢ Administración General de Recaudación.

✓ Administraciones Desconcentradas de Recaudación.

➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

➢ Administración General de Servicios al Contribuyente

Restringir temporalmente el uso del certificado de sello digital por internet, el uso de certificado de firma electrónica avanzada o cualquiera mecanismo que se utilice para expedir comprobantes fiscales digitales. Llevar a cabo todos los actos y procedimientos del artículo 17-H bis.
➢ Administración General de Recaudación.

✓ Administraciones Desconcentradas de Recaudación.

➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

Ejercer las facultades relacionadas con la verificación del domicilio fiscal de los contribuyentes.
➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

Llevar a cabo todos los actos y procedimientos previstos en el artículo 5-A del CFF, es decir, lo relacionado a la presunción de las autoridades de que los actos jurídicos carecen de razón de negocios y que generan un beneficio fiscal directo o indirecto.
➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

Requerir aclaraciones, información o documentación a los contribuyentes, a los fedatarios públicos o alguna otra autoridad ante la que se haya protocolizado o apostillado un documento, según corresponda.
➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

Recibir y, en su caso, emplear la información y documentación que proporcionen terceros colaboradores fiscales para substanciar el procedimiento previsto en el artículo 69-B del Código Fiscal de la Federación
➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría de Comercio Exterior.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

Ordenar y practicar visitas a los asesores fiscales en referencia los esquemas reportables previstos en el artículo 197 del CFF; requerir información adicional a los asesores o a los contribuyentes obligados a revelar esquemas reportables y aplicar las sanciones correspondientes.
➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos Realizar verificaciones en tiempo real

➢ Administración General de Auditoría Fiscal

✓ Administraciones Desconcentradas de Auditoría Fiscal.

➢ Administración General de Grandes Contribuyentes

➢ Administración General de Hidrocarburos

Emitir y notificar resoluciones relacionadas con los estímulos fiscales que se otorgan en la región fronteriza norte y la resolución de baja del padrón de beneficiarios de dicho estímulo.
➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior Llevar a cabo actos y procedimientos previstos en el artículo 69-B del CFF
➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior Derivado de la revisión de gabinete del artículo 48 del CFF, podrá determinar impuestos y sus accesorios, derechos, contribuciones de mejoras, aprovechamientos y sus accesorios a cargo de contribuyentes, responsables solidarios y demás obligados.
➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior Determinar la responsabilidad solidaria respecto de créditos fiscales de su competencia, con actualización, recargos y accesorios, derivado de la revisión de gabinete del artículo 48 del CFF
➢ Administración General de Auditoría de Comercio Exterior Resolver aclaraciones o solicitudes que presenten los contribuyentes para subsanar o desvirtuar irregularidades derivadas de las revisiones de gabinete
➢ Administración General de Servicios al Contribuyente Definir e instrumentar los mecanismos para restringir temporalmente y, en su caso, restablecer el uso de los certificados de sello digital, así como el uso del certificado de firma electrónica avanzada o el uso de cualquier otro mecanismo opcional que utilice el contribuyente para la expedición de comprobantes fiscales digitales por Internet.
➢ Administración General de Grandes Contribuyentes. Realizar la inscripción o actualización en el RFC, basándose en datos que las personas le proporcionen o en los que obtenga por cualquier otro medio Corregir datos del RFC con base en evidencias que recabe, incluyendo aquéllas proporcionadas por terceros. Asignar la clave que corresponda a cada contribuyente que se inscriba en el Registro Federal de Contribuyentes.
➢ Administración General de Servicios al Contribuyente Planear, organizar y celebrar sorteos de lotería fiscal
➢ Administración General de Servicios al Contribuyente Tramitar, calificar, aceptar, rechazar y custodiar las garantías ofrecidas por los proveedores autorizados de certificación en los procesos previstos en las disposiciones fiscales y, en su caso, solicitar la ampliación o sustitución de dichas garantías; autorizar la referida sustitución, y realizar la devolución de las mismas, así como cuantificar el daño o perjuicio que se configure y tramitar su efectividad ante la Tesorería de la Federación.
➢ Administración General Jurídica Resolver las solicitudes de autorización para recibir donativos deducibles del ISR, revocar, no renovar o dar a conocer la pérdida de vigencia de dichas autorizaciones. Verificar el cumplimiento de las obligaciones de las personas morales y fideicomisos autorizados para recibir donativos deducibles del ISR para garantizar la transparencia, uso y destino de los donativos recibidos
➢ Administración General Jurídica Ordenar el pago, en dinero o en bienes equivalentes, del valor de las mercancías embargadas o depositadas en recintos fiscales y bajo la custodia de dichas autoridades, de las cuales exista imposibilidad para su devolución

Habrá que estar al pendiente de los actos de fiscalización que lleven a cabo las unidades administrativas del SAT, y los fundamentos que señalen para llevar a cabo actos que afecten la esfera jurídica de los contribuyentes.

Verónica Díaz Oliveros Vallarino