Fiscal30 de junio fecha límite para presentar aviso de socios o accionistas al SAT

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Quizás no estés enterado, pero debido a la reforma a diversas disposiciones fiscales aprobada en diciembre de 2019, y obligatoria a partir del 1º de enero de 2020, se incluyeron nuevas obligaciones fiscales que los contribuyentes deben cumplir.

En esta ocasión, te platicaré de la relacionada con un aviso que las empresas deben presentar ante el Registro Federal de Contribuyentes (RFC), y que encontrarás en el Apartado B, del artículo 27 del Código Fiscal de la Federación, por lo que, si en tu empresa han existido movimientos de socios o accionistas, este artículo es de tu interés.

Pues bien, esta nueva obligación señala que se debe presentar un aviso en el RFC informando el nombre y la clave de RFC de los socios o accionistas cada vez que se realice alguna modificación o incorporación de éstos en la empresa; por su parte, la regla 2.4.19 de la Resolución Miscelánea Fiscal para el 2020 (RMF), dispone que dicho aviso se presentará dentro de los 30 días hábiles siguientes a que se hizo el movimiento y se deberá adjuntar el documento protocolizado en el que consten las modificaciones realizadas.

Es probable que pienses que por el momento no tendrías que presentar ese aviso, si la modificación de la estructura accionaria de la empresa la hiciste en 2019 o en años anteriores, sin embargo, te platico que en los artículos transitorios de la RMF se señala que en caso de que la información de los socios o accionistas no esté actualizada en el RFC, se tendrá que presentar por única ocasión, a más tardar el 30 de junio de 2020 la información correspondiente a la estructura accionaria de la empresa que se tenga al momento.

Y ahora te preguntarás, ¿qué pasaría si no presentas ese aviso? El incumplimiento a esa obligación tiene 2 tipos de consecuencias:

  1. Una multa que puede ir desde $3,490 hasta $10,410.
  2. La suspensión temporal y el riesgo de cancelación definitiva del certificado del sello digital, que utilizas para emitir tus comprobantes fiscales digitales.

Por ello, te recomendamos que cumplas con la presentación de este aviso y te evites consecuencias que podrían afectar la operación de tu empresa.

Si tienes dudas en la presentación de este aviso, así como en las diversas obligaciones fiscales que debes cumplir, en DOCTUS FISCALIS te asesoramos y brindamos los elementos necesarios para prevenir riesgos fiscales.

Verónica Díaz Oliveros Vallarino