AdministrativoComplianceLitigioLo que debes saber de la reforma al Reglamento de la Ley General para el control del Tabaco.

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Como ya te habrás enterado, el pasado 15 de enero de 2023, entró en vigor la Reforma al Reglamento de la Ley General para el control del Tabaco, es decir, a partir de esa fecha se generan nuevas obligaciones y prohibiciones para diversos sectores del comercio en México. Por ello, en este artículo te explicamos brevemente el objeto de la ley; a quienes va dirigido; las posibles afectaciones por su incumplimiento; así como la oportunidad de defensa que tienes.

Objeto de la reforma al Reglamento de la Ley General para el control del Tabaco. Esta reforma tiene por objeto regular dos importantes rubros:

  1. La publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco.
  2. La protección contra la exposición al humo del tabaco y sus emisiones.

Sujetos obligados a dar cumplimiento a la reforma.

  1. Aquellos que lleven actividades de publicidad, promoción y patrocinio de los productos del tabaco.

Todos aquellos que exhiban de manera directa o indirecta los productos del tabaco; es decir, que si tienes un establecimiento en el que vendas productos de tabaco, ya no podrás tenerlos en estantes, mostradores, exhibidores, entre otros, pues no podrán estar a la vista de los consumidores.

Tampoco podrás colocar o almacenar dichos productos en recipientes cerrados o en cajas que se encuentren por encima o debajo del mostrador, armarios o cajones cerrados, de tal manera que el consumidor tampoco pueda observar indirectamente los productos del tabaco.

Únicamente podrás tener a la vista una lista con la relación de los productos de tabaco que ofrezcas en venta, sus precios, pero no podrá tener logotipos, sellos o marcas.

Tampoco se podrá publicitar, promover y patrocinar los productos elaborados de tabaco a través de medios de comunicación tales como: medios impresos; servicio postal o correo electrónico; radio, cine, televisión, teatro; redes sociales; aplicaciones tecnológicas; servicios de streaming; entre otros.

B.  Propietarios, administradores o responsables de espacios 100 por ciento libres de humo del tabaco y emisiones.

De acuerdo a la reforma que comentamos, serán espacios 100 por ciento libres de humo, los siguientes:

  • Cualquier área física con acceso al público, tales como las terrazas de los restaurantes, en las cuales sí se podía fumar.
  • Espacios cerrados.
  • Lugares de trabajo.
  • Transporte público.
  • Espacios de concurrencia colectiva.
  • Escuelas públicas o privadas en todos sus niveles educativos.
  • Lugares destinados al hospedaje.

Ahora bien, si tienes alguno de estos establecimientos, lo administras, o eres el responsable, podrás tener una zona exclusivamente para fumar en espacios al aire libre, y no podrás prestar ningún servicio o consumo de alimentos, bebidas, entretenimiento, ni llevar a cabo actividades sociales o de esparcimiento.

¿Qué sanciones te puede imponer la autoridad?

Es importante mencionar que previo a cualquier sanción por parte de la autoridad, debe llevar a cabo visitas de verificación o informes de verificación, a través de las cuales emitirá un dictamen en el cual señale las razones que a su juicio tomó en consideración, para determinar que hubo incumplimiento al Reglamento que comentamos.

Así, la autoridad podrá imponer las medidas de seguridad tales como: suspensión de trabajos o servicios; suspensión de publicidad, promoción y patrocinio, de manera total y permanente.

¿Te puedes defender legamente?

Sí te puedes defender en contra de la entrada en vigor de la reforma al Reglamento que comentamos, a través del juicio de amparo, en el cual ser harán valer aquellos argumentos legales y constitucionales que demuestren que dicha reforma viola los derechos y garantías constitucionales de los gobernados.

Y también te puedes defender en contra de los actos de las autoridades, a través de los cuales impongan las medidas de seguridad señaladas con anterioridad, presentando los recursos legales previstos en las leyes administrativas y de salud.

Si tu negocio se puede ver afectado por estas nuevas reformas y requieres asesoría, en DOCTUS FISCALIS, contamos con especialistas en la materia que te pueden ayudar a disipar todas tus dudas, e implementar la estrategia que se adecue a las necesidades de tu empresa.

Verónica Díaz Oliveros Vallarino